martes, 26 de noviembre de 2013

Recibo de nómina sera CFDI a partir del 2014.

En el 2014  tu recibo de nómina será digital


De acuerdo con lo aprobado por los legisladores federales en materia de Impuesto Sobre la Renta (ISR) y de Código Fiscal de la Federación (CFF), los empleadores deberán timbrar con un Proveedor Autorizado de Certificaciones (PAC) cada uno de los recibos de nómina que entreguen a sus trabajadores, cumpliendo los mismos requisitos que un comprobante fiscal digital por internet (CFDI).

En el artículo 99, se expone que aquellas personas físicas o morales que hagan pagos por los conceptos a que se refiere el capítulo. Los cambios que se contemplan en la reforma son:
  • Ya no se entregarán constancias de ingresos a los trabajadores, ahora se entregarán comprobantes fiscales que se encuentran regulados en el artículo 29 del Código Fiscal de la Federación.
  • El Comprobante fiscal tendrá que ser expedido y entregado en la misma fecha que se realice la erogación pertinente, con cada pago entre trabajador y patrón.
  • El comprobante trasciende al ambiente fiscal, ya que puede ser utilizado por el patrón o trabajador en asuntos laborales.

Certificación de Nómina CFDI

Con esta obligación, se sustituirá la entrega de constancias de sueldos y salarios, así como de presentar a más tardar el 15 de febrero de cada año la declaración informativa múltiple de sueldos y salarios.

La obligación establecida a los contribuyentes que sean patrones se correlaciona con el requisito de deducción establecido en el segundo párrafo de la fracción V, del artículo 28 de la Nueva Ley del Impuesto sobre la Renta, el cual se refiere a las deducciones por sueldos y salarios que deben reunir los siguientes requisitos:
  • Los pagos que sean ingresados en los términos del Capítulo I del Titulo IV de la ley, se podrán deducir siempre que las erogaciones del impuesto local por salarios y, en general, por la prestación de un servicio personal independiente, consten en comprobantes fiscales emitidos en términos del Código Fiscal de la Federación.

“(Será obligación de los patrones) expedir y entregar comprobantes fiscales a las personas que reciban pagos por la prestación de un servicio personal subordinado, por salarios y demás prestaciones, en la fecha en que se realice la erogación... Los cuales podrán utilizarse como constancia o recibo de pago para efectos de la legislación laboral”, señala la fracción tercera del artículo 99 de la nueva Ley de ISR.

En promedio, según datos de la Amexipac, se estima certificar alrededor de 75 millones de recibos de nómina mensuales en todo el país, considerando que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene registrados, aproximadamente, a 25 millones de asalariados.


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