sábado, 30 de noviembre de 2013

Un cambio que te conviene: Facturación electrónica

Desde el primer día del 2014 todos los contribuyentes estarán obligados a facturar electrónicamente. Este cumplimiento implica realizar algunos trámites y cambios en los procesos internos, lo que al final llevará mayor eficiencia a las empresas.
Datos del Servicio de Administración Tributaria (SAT) indican que, de 2005 a agosto de 2013, existen 868 mil 819 contribuyentes emitiendo facturas electrónicas, pero con las modificaciones esta cifra se incrementará.
Lo primero es entender quién está obligado al cambio, pues no sólo se trata de la cantidad de ingresos. El modelo de Comprobante Fiscal Digital (CFD) va a desaparecer y todos tendrán que migrar a Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), es decir, para ello es necesario contar con el servicio de un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC) para el timbrado de las facturas. Además, quienes superen ingresos de 250 mil pesos no podrán utilizar tampoco comprobantes con Código de Barras Bidimensional (CBB), estas van a desaparecer.

La cantidad de personas físicas y morales que tienen que hacer la migración es enorme, por lo que dejar el proceso hasta el último minuto o esperar una prórroga es un error. No sólo se corre el riesgo de perder negocios al ver limitadas las compras, ventas y pago de comprobantes, puesto que no se podrán emitir, lo que implica no poder cumplir con los compromisos ante clientes y proveedores, también se encuentra la situación de encontrar un proveedor adecuado a las necesidades.
Beneficios
Aunque se trata de un cambio importante en la administración, las empresas registran beneficios con la adopción de este modelo, por ejemplo:
  • Cumplimiento de requisitos legales
  • Podrás mantener la operación de tu empresa sin contratiempos, pero no sólo eso sino que, a diferencia de los comprobantes tradicionales, podrás validar en tiempo real su autenticidad, origen, integridad del contenido y certeza jurídica.
  • Mejora de eficiencia
  • En muchos casos las empresas tenían que contratar los servicios de un mensajero o esperar el procesamiento de las facturas, con este modelo eso queda en el pasado y se trabaja en tiempo real.
  • Ahorros
  • Evitarás el gasto en carpetas, cajas, archiveros y un almacén destinado a la documentación.
  • Profesionalismo
  • Cuando se quiere cerrar un trato con empresas más grandes, por ejemplo, convertirse en proveedor de una cadena comercial, es necesario estar al corriente en materia fiscal y brindar un proceso adecuado de facturación, razón por la cual muchas empresas adoptaron CFDI aun cuando no estaban obligadas.
  • Adopción tecnológica
  • Si tu empresa realizaba algunos de sus procesos de forma arcaica, la facturación electrónica puede ser el primer paso para que se te facilite la adopción de otras herramientas que aumenten la productividad de tu negocio, incluso existen opciones en el mercado que brindan el servicio de facturación y otras funcionalidades de productividad como cotizaciones, remisiones, pedidos y estadísticas de ventas.
  •  Conciencia social
  • En este tema destacan dos puntos, primero la disminución de riesgos de fraude y de evasión fiscal ocasionados por la generación de comprobantes falsificados que afectan a la economía formal. El otro es el cuidado del medio ambiente con la reducción del uso de papel.
El problema número uno y la complejidad de este proceso es sólo por la falta de información, por lo que es importante que busques cuanto antes la asesoría necesaria, ya sea que acudas al SAT o con toda la información disponible en línea, pero ante todo, no te arriesgues a iniciar el año con el pie izquierdo.
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viernes, 29 de noviembre de 2013

Ventajas de la Factura electrónica CFDI: Devolución de impuestos rápida

Con el Comprobante Fiscal Digital a través de Internet (CFDI) o por medios propios, los contribuyentes tendrán más oportunidades de que la devolución de sus impuestos sea más rápida y sencilla, aseguró el presidente de la Asociación Mexicana de Proveedores Autorizados de Certificación (Amexipac), Javier Vega.
En entrevista con motivo del foro que se realizará para celebrar nueve años del surgimiento de la primera factura electrónica, dijo que actualmente se emiten 5,000 millones de documentos fiscales digitales al año y para ello existen cerca de 70 proveedores autorizados (PAC) para comprobar la autenticidad de éstos, entre ellos iTimbre el unico PAC en Baja California.
Más de 600,000  empresas ya operan con factura electrónica en sus versiones iniciales, como Comprobante Fiscal Digital (CFD), o en algunos casos con el nuevo CFDI.
Javier Vega destacó que a partir de enero del 2014, todas las facturas electrónicas tendrán que ser CFDI. Pero no sólo eso, sino que se incluye a todos los contribuyentes, personas físicas y morales que hayan manifestado en su declaración anual del ISR ingresos acumulables.


Actualmente, este rango es de 4 millones de pesos. Destacó que los proveedores autorizados son auxiliares del SAT en la confirmación de que la factura está timbrada y eso da la certidumbre al que la emite y recibe de que es un documento seguro.
Hizo ver que en comparación con otras facturas electrónicas, los CFDI tienen el timbre fiscal de los PAC. “Son diferentes porque cuando el proveedor hacía la primera factura, la tiene que mandar al SAT para ver si cumple con los requisitos, pero la factura número dos en adelante no hay forma de saber si sigue cumpliendo con los requisitos fiscales”.
Hay un universo de personas que no estaban participando en la factura electrónica y ahora van a tener que hacerlo, mencionó, pero deben saber que es muy sencillo. Antes, mandabas imprimir tus facturas y tenían un costo. Ahora será autoservicio, como la banca por Internet.
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Cambios en los comprobantes fiscales a partir del 2014.

En el siguiente articulo se explican las Modificaciones en materia de comprobantes fiscales a partir de 2014. La reforma fiscal que entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2014 crea nuevas obligaciones en materia de comprobantes fiscales que los contribuyentes estarán obligados a cumplir.

Homologación de comprobantes fiscales

Con motivo de la Reforma Fiscal que entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2014, el único comprobante fiscal válido y que deberán utilizar los contribuyentes para documentar las operaciones que celebren, son los CFDI (Comprobantes Fiscales Digitales por Internet utilizando la página del SAT), derogándose así cualquier otro tipo de comprobantes de los que las disposiciones fiscales permitían utilizar hasta el año 2013, tales como: los CFD (Comprobante Fiscal Digital), los comprobantes con CBB (Código de Barras Bidimensional), el estado de cuenta bancario y los comprobantes fiscales simplificados.

Obligación de expedir CFDI por las retenciones efectuadas a terceros

Se establece a partir de 2014 la obligación de expedir un CFDI a los contribuyentes que realicen pagos a terceros por los cuales tengan la obligación de efectuar retenciones de impuestos, como son: sueldos y salarios, asimilables a sueldos y salarios, servicios profesionales, arrendamiento, entre otros. Por su parte, en el caso de enajenación de bienes inmuebles por la que se deba pagar el ISR, así como en su caso, el Impuesto al Valor Agregado (IVA), consignada en escritura pública, los notarios, corredores, jueces y demás fedatarios deberán expedir CDFI en el que conste el monto de la operación y el impuesto retenido.
Considerando que la obligación de expedir CFDI por las retenciones efectuadas a terceros entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2014, es importante que la autoridad dé a conocer las características e información que deberán contener los CFDI, así como los requisitos que deberán cumplir los contribuyentes para la emisión de los mismos.
Considerando que esta nueva emisión de CFDI permitirá al SAT contar con información en medios electrónicos que le permita fiscalizar con mayor efectividad las retenciones efectuadas por los contribuyentes y vigilar el pago de las mismas, probablemente se elimine la obligación a los contribuyentes de presentar declaraciones informativas de retenciones y de expedir constancias.

Plazo para la entrega del CFDI al cliente

A partir de 2014 se dispone que los contribuyentes que expidan comprobantes fiscales deberán entregar o poner a disposición de sus clientes en forma inmediata el archivo electrónico del CFDI a través de los medios electrónicos que disponga el SAT; es de hacer notar, que hasta el año 2013 los emisores contaban con un plazo de tres días para entregar o enviar ese comprobante.
Asimismo, cuando les sea solicitado por el cliente, el emisor del CFDI deberá entregar la representación impresa de dicho comprobante, la cual presume la existencia de un documento digital (xml).

jueves, 28 de noviembre de 2013

¿Qué es un CFDI?

Un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) es un documento electrónico que cumple con los requisitos legales y reglamentariamente exigibles por el Sistema de Administración Tributaria (SAT) y que garantiza, entre otras cosas, la autenticidad de su origen y la integridad de su contenido. Este documento es elaborado por el contribuyente por medio de cualquier aplicación electrónica, enseguida es enviado a un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC), para que éste valide dicho documento y de esta forma poder otorgarle un folio y asignarle el Sello Digital del SAT (Certificación).

El producto resultante de este proceso se conoce como Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).

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miércoles, 27 de noviembre de 2013

iTimbre: Proveedor Autorizado Certificado en Baja California

iTimbre es una empresa confiable, moderna e innovadora con servicios de vanguardia, que ha ideado en línea un sistema de facturación electrónica con la capacidad de administrar sus comprobantes fiscales de una manera eficaz, simple y ecológica, lo cual le dará una nueva imagen a su negocio, siendo más competitivo con herramientas de facturación aprobadas por el SAT.
NO necesita instalar ningún software, todo lo que necesita es un procesador (teléfono, computadora, etc) con acceso a Internet.
Si usted desea convertirse en la mejor empresa en su ramo, con los mejores sistemas de facturación, dando a sus clientes confianza y un mejor servicio lo único que tiene que hacer es darse de alta con nosotros



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Nómina CFDI a partir del 1 de Enero 2014.

El Congreso de la Unión, en particular la Cámara de Senadores, aprobó el día 30 de octubre de este 2013 modificaciones a la Ley del Impuesto Sobre la Renta y al Código Fiscal con relación al panorama de impuestos para los contribuyentes del sector productivo.

Entre las reformas que tienen incidencia directa en el ámbito laboral destaca que será a partir del 1 de enero de 2014 cuando los empleadores estarán obligados a expedir y entregar recibos de pago de los salarios y prestaciones (la nómina) con las características y requerimientos de un Comprobante Fiscal Digital por Internet, también conocido como CFDI.

Para que tengan validez fiscal y deducibilidad como costo laboral de operación del patrón, se deberán efectuar las remuneraciones o compensaciones a los colaboradores por medio de los CFDI tal como lo señala el Artículo 99 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta que a la letra señala:

"Será obligación de los patrones expedir y entregar comprobantes fiscales a las personas que reciban pagos por conceptos a los que se refiere este Capítulo" [alude a la prestación de servicios personales subordinados, salarios y demás prestaciones laborales] "en la fecha en que se realice la erogación (...) los cuales podrán utilizarse como constancia o recibo de pago para efectos de la legislación laboral".



Asimismo, en su Artículo 27 Fracción V establece que para que sean deducibles las erogaciones por remuneraciones, los empleadores deberán de realizarlas por medio de los CFDI.

El sector empresarial tiene esta nueva obligación que le implica mayores costos, pues cada uno de los recibos de nómina de los trabajadores deberá ser timbrado con un Proveedor Autorizado de Certificaciones (PAC), cumpliendo los mismos requisitos que un comprobante fiscal digital por internet (CFDI).

Se estima que, en promedio, serán certificados unos 75 millones de recibos de nómina mensuales en el país, considerando que el SAT tiene registrados a unos 25 millones de personas físicas como asalariados.

El segundo rubro de mayor cantidad de deducciones en México son los pagos por salarios, de ahí que el SAT busca tener mayor control. El 31 de diciembre de 2013 concluye la vigencia de la facilidad que permitía a algunos contribuyentes continuar emitiendo el Comprobante Fiscal Digital (CFD) y a partir del 1 de enero de 2014 se requerirá que los recibos de nómina cuenten con el CFDI.

Para conocer más acerca de la Nómina CFDI visita nuestro portal : http://www.itimbre.com/

Patrones, obligados a cambiar recibos de nómina por CFDI

La nueva Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) aprobada por la Cámara de Diputados y que está siendo analizada por el Senado obligará  a los patrones a entregar comprobantes fiscales digitales a sus trabajadores en lugar de recibos de nómina.  

El proyecto de reforma al Código Fiscal de la Federación (CFF) también contempla extender a todas las operaciones que realizan los contribuyentes el uso de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI).

En el artículo 94 fracción III de la nueva LISR, señala que los patrones tendrían que expedir y entregar comprobantes fiscales (léase CFDI) a sus trabajadores, en la fecha en que se realice la erogación correspondiente.

Además del efecto fiscal, estos comprobantes podrían utilizarse para cumplir con las siguientes obligaciones previstas en la legislación laboral:
Expedir:
  • Cada 15 días, a solicitud de los trabajadores, una constancia escrita del número de días trabajados y del salario percibido.
  • Al trabajador que lo solicite o se separe de la empresa, dentro del término de tres días, una constancia escrita relativa a sus servicios.
  • Conservar y exhibir en juicio los comprobantes de pago de salarios y de otras prestaciones tales como PTU, vacaciones y aguinaldo.

Para mayores informes visita nuestro portal:

martes, 26 de noviembre de 2013

¡Aviso importante para nuestros clientes iTimbre!

Estimados Clientes de iTimbre:

Se les comunica que el SAT a través de su área de Tecnología, programó la siguiente ventana de mantenimiento extraordinaria:

1.       Optimización del servicio de recepción de CFDI.
Fecha: Del sábado 30/Nov/2013 a las 00:01 hrs. al sábado 30/Nov/2013 a las 04:01 hrs.
Duración: 4 horas 00 minutos.

Servicios afectados: Recepción y cancelación de CFDI

Lo anterior se informa para la implementación de las acciones preventivas y de comunicación con sus clientes.

Una vez concluido el mantenimiento, en caso de detectarse alguna situación anómala en la operación de los servicios, deberá ser reportada a través de la Mesa de Servicios del SAT, por lo que no se recibirán planteamientos o dudas a través de esta dirección de correo electrónico.

Saludos.

Administración General de Servicios al Contribuyente.
sat



CFDI Nómina en iTimbre


A partir del próximo año, los contribuyentes deberán migrar hacia el Comprobante Fiscal Digital a través del Internet(CFDI), pues de lo contrario ya no podrán realizar deducciones en papel.
De acuerdo con lo aprobado por los legisladores federales en materia de Impuesto Sobre la Renta (ISR) y de Código Fiscal de la Federación, en 2014 los patrones deberán expedir un CFDI a cada uno de sus trabajadores.
La fracción tercera del artículo 99 de la nueva Ley de ISR señala que será obligación de los patrones expedir y entregar comprobantes fiscales digitales a las personas que reciban pagos por prestación de un servicio personal subordinado, por salarios y demás prestaciones.
“(Será obligación de los patrones) expedir y entregar comprobantes fiscales a las personas que reciban pagos por la prestación de un servicio personal subordinado, por salarios y demás prestaciones, en la fecha en que se realice la erogación… Los cuales podrán utilizarse como constancia o recibo de pago para efectos de la legislación laboral”, señala la fracción tercera del artículo 99 de la nueva Ley de ISR.
Así, cada uno de los recibos de nómina tendrá que cumplir los mismos requisitos que un CFDI, es decir, tendrán también que ser certificados (timbrados) por un PAC.
Siendo así, en promedio se certificarían alrededor de 75 millones de recibos de nómina mensuales en el país, considerando que el SAT tiene registrados a unos 25 millones de personas físicas como asalariados.
Los beneficios del CFDI son una mayor eficiencia y rapidez en la cobranza, en la automatización de procesos administrativos, en la integración de información contable a sistemas del usuario y la incorporación al mercado del comercio electrónico.
Con la nueva práctica genera ahorros derivados de los nulos gastos de impresión, envío, mensajería y almacenamiento. Aunque hay personas que son ajenas a la tecnología, descartó que este nuevo instrumento sea un problema para los usuarios, y que se acostumbrarán a su uso.
Conozca nuestras soluciones en:

Timbrado de Nómina para recibos de salarios y asimilados.

Recibos de Salarios y Asimilados Serán CFDI

A partir del 2014 los recibos de nómina deberán ser CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet) de acuerdo con lo aprobado por los legisladores federales en materia de Impuesto Sobre la Renta (ISR) y de Código Fiscal de la Federación (CFF).


Esto quiere decir que ya no se entregarán constancias de ingresos a los trabajadores, ahora se entregarán comprobantes fiscales que se encuentran regulados en el artículo 29 del Código Fiscal de la Federación. El Comprobante fiscal tendrá que ser expedido y entregado en la misma fecha que se realice la erogación pertinente, con cada pago entre trabajador y patrón.




Los conceptos que deberá tener cada CFDI para nóminas son los siguientes:

a. Información del Nodo Nomina 
1. Version
2. Registro Patronal
3. Num Empleado
4. CURP
5. Tipo Regimen
6. Num SeguridadSocial
7. Fecha Pago
8. Fecha Inicial de Pago
9. Fecha Final de Pago
10. Num de Dias Pagados
11. Departamento
12. CLABE
13. Banco
14. Fecha Inicio ReLaboral
15. Antigüedad
16. Puesto
17. Tipo de Contrato
18. Tipo de Jornada
19. Periodicidad de Pago
20. Salario Base CotApor
21. Riesgo Puesto
22. Salario Diario Integrado
b. Información del Nodo Percepciones
1. Total Gravado
2. Total Exento
c. Información del Nodo Percepción
Nota: esta secuencia deberá ser repetida por cada nodo Percepción relacionado
1. Tipo de Percepcion
2. Clave
3. Concepto
4. Importe de Gravado
5. Importe Exento
d. Información del Nodo Deducciones
1. Total Gravado
2. Total Exento
e. Información del Nodo Deducción
Nota: esta secuencia deberá ser repetida por cada nodo Deduccion relacionado
1. Tipo de Deduccion
2. Clave
3. Concepto
4. Importe de Gravado
5. Importe Exento
f. Información del Nodo Incapacidad
Nota: esta secuencia deberá ser repetida por cada nodo Incapacidad relacionado
1. Dias de Incapacidad
2. Tipo de Incapacidad
3. Descuento
g. Información del Nodo Horas Extra
Nota: esta secuencia deberá ser repetida por cada nodo Horas Extra relacionado
1. Dias
2. TipoHoras
3. HorasExtra
4. ImportePagado

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Recibo de nómina sera CFDI a partir del 2014.

En el 2014  tu recibo de nómina será digital


De acuerdo con lo aprobado por los legisladores federales en materia de Impuesto Sobre la Renta (ISR) y de Código Fiscal de la Federación (CFF), los empleadores deberán timbrar con un Proveedor Autorizado de Certificaciones (PAC) cada uno de los recibos de nómina que entreguen a sus trabajadores, cumpliendo los mismos requisitos que un comprobante fiscal digital por internet (CFDI).

En el artículo 99, se expone que aquellas personas físicas o morales que hagan pagos por los conceptos a que se refiere el capítulo. Los cambios que se contemplan en la reforma son:
  • Ya no se entregarán constancias de ingresos a los trabajadores, ahora se entregarán comprobantes fiscales que se encuentran regulados en el artículo 29 del Código Fiscal de la Federación.
  • El Comprobante fiscal tendrá que ser expedido y entregado en la misma fecha que se realice la erogación pertinente, con cada pago entre trabajador y patrón.
  • El comprobante trasciende al ambiente fiscal, ya que puede ser utilizado por el patrón o trabajador en asuntos laborales.

Certificación de Nómina CFDI

Con esta obligación, se sustituirá la entrega de constancias de sueldos y salarios, así como de presentar a más tardar el 15 de febrero de cada año la declaración informativa múltiple de sueldos y salarios.

La obligación establecida a los contribuyentes que sean patrones se correlaciona con el requisito de deducción establecido en el segundo párrafo de la fracción V, del artículo 28 de la Nueva Ley del Impuesto sobre la Renta, el cual se refiere a las deducciones por sueldos y salarios que deben reunir los siguientes requisitos:
  • Los pagos que sean ingresados en los términos del Capítulo I del Titulo IV de la ley, se podrán deducir siempre que las erogaciones del impuesto local por salarios y, en general, por la prestación de un servicio personal independiente, consten en comprobantes fiscales emitidos en términos del Código Fiscal de la Federación.

“(Será obligación de los patrones) expedir y entregar comprobantes fiscales a las personas que reciban pagos por la prestación de un servicio personal subordinado, por salarios y demás prestaciones, en la fecha en que se realice la erogación... Los cuales podrán utilizarse como constancia o recibo de pago para efectos de la legislación laboral”, señala la fracción tercera del artículo 99 de la nueva Ley de ISR.

En promedio, según datos de la Amexipac, se estima certificar alrededor de 75 millones de recibos de nómina mensuales en todo el país, considerando que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene registrados, aproximadamente, a 25 millones de asalariados.


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