martes, 3 de diciembre de 2013

Todo lo que necesitas saber sobre las Facturas de nómina CFDI

Es un hecho que los recibos de nómina serán a partir del 2014 en CFDI. Sólo falta que se publique esta nueva disposición en el Diario Oficial. Pero esto es un mero trámite. De acuerdo con lo aprobado por los legisladores federales en materia de Impuesto Sobre la Renta (ISR) y de Código Fiscal de la Federación (CFF), los empleadores deberán timbrar con un Proveedor Autorizado de Certificaciones (PAC) cada uno de los recibos de nómina que entreguen a sus trabajadores, cumpliendo los mismos requisitos que un comprobante fiscal digital por internet (CFDI).

Lo primero que debes sabes es que estos recibos electrónicos van a representar un cambio total sobre el principio de un comprobante fiscal digital al que hoy todos se habían enfrentado. El cambio al que se refiere tiene que ver con que estos comprobantes tendrán una naturaleza diferente y no son comprobantes de ingresos sino de egresos. Es decir, de gasto o de salida de dinero.

Si bien este punto se entiende fácilmente, puede regresar a nuestra mente y confundirnos cuando hablamos de facturas o facturación electrónica. Las facturas que se han venido realizando representan ventas. Las nuevas facturas, vamos a llamarlas “factura-nómina” no son por ventas, sino por gastos que las empresas hacen. Representan egresos. 

Esta nueva transacción electrónica que bonifica la contabilidad y que requiere que los sistemas de nómina en México reciban “cirugía” para poder ahora generar los comprobantes fiscales digitales, sellarlos digitalmente y enviarlos a timbrar o certificar con un PAC. Es simple, rápido y tiene muchos beneficios.

Todos los patrones van a encontrar soluciones a tiempo, pero la mayoría las encontrarán de nuevos proveedores de sistemas que ofrecerán soluciones llave en mano para los recibos de nómina en CFDI de sus empleados. Como lo somos en iTimbre

Hay otro punto importante por mencionar. Una vez que se tiene el “recibo de nómina CFDI“, de todas formas se debe generar el recibo de nómina tradicional que el empleado pueda firmar. Se puede aprovechar el recibo en CFDI para que de ahí se genere un PDF que el empleado pueda firmar y entregar al patrón. Este es el camino más fácil. Se imprime y lo firma el empleado, como siempre.

Y cabe la pregunta, ¿es necesario imprimirlo o ya que es un CFDI podemos ahorrarnos “papel”? La respuesta es: “Podemos hacerlo todo electrónico”, siempre y cuando, la empresa adopte un sistema de firma electrónica en donde el empleado pueda firmar electrónicamente el recibo de nómina. Suena complicado, pero es posible y algunas empresas ya lo ofrecen. Esto implica, por supuesto, que las personas tengan una firma electrónica “personal” (que no es otra cosa que un archivo .cer, un .key o llave privada y su contraseña) pero esto es otro negocio, otro servicio, otra cosa diferente. 

En resumen, la nueva “factura-nómina” es un documento adicional obligatorio, electrónico, que sustituye al recibo de nómina tradicional que los empleados firman al recibir sus pagos. Se puede aprovechar para que de ahí se puedan generar ambos, el electrónico, y un PDF que el empleado firma.
No veremos a las empresas tramitando firmas electrónicas para sus empleados (al menos no por ahora y mientras no sea obligatorio). Lo que veremos es a las empresas buscando una solución fácil, rápida y económica a la obligación de emitir recibos de nómina en CFDI. ¿Están listos?

Para mayor información acerca de nuestras soluciones de Nómica CFDI
http://www.itimbre.com/nomina-cfdi/

No hay comentarios.:

Publicar un comentario